El presidente Andrés Manuel López Obrador emitió el “decreto por el que se adiciona el artículo 37 ter al Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos”, con el que se podrán traer temporalmente al país bienes considerados monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, como el Penacho de Moctezuma.
El decreto fue publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del jueves. En la publicación se detalla en qué consiste el artículo 37 ter.
“Artículo 37 ter.- La Secretaría de Cultura, previo acuerdo con el Presidente de la República y con la opinión favorable de la Secretaría de Relaciones Exteriores, podrá celebrar Acuerdos Interinstitucionales con órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones o instituciones internacionales que tengan por objeto el traslado temporal, al territorio nacional, de bienes muebles que, de conformidad con la Ley y el presente Reglamento, se consideren o pudieran declararse como monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, con fines de estudio o exhibición pública en el país. Dicho traslado temporal deberá llevarse a cabo de conformidad con los instrumentos y disposiciones jurídicas aplicables en la materia”, señala el DOF.
La publicación del decreto se da después de la gira que Beatriz Gutiérrez Müller hizo por Europa, en la que pidió en préstamo piezas arqueológicas y códices, que pretenden ser exhibidos en 2021 con motivo del Bicentenario de la Independencia y los 500 años de la caída de Tenochtitlan.
CON INFORMACIÓN: EL UNIVERSAL