El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, reformas a la Ley Federal del Trabajo, para permitir el teletrabajo en nuestro país, mejor conocido como Home Office.
De acuerdo con esta reforma, se especifica que la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo es quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado, en un lugar distinto a la instalación de la empresa o centro de trabajo del patrón, y utilice las tecnologías de la información y la comunicación. Y se agrega que cuando el 40% de cumplimiento de la labor sea fuera del centro de trabajo será considerado como teletrabajo.
Además, el artículo 330 B quedaría de la siguiente forma: “que las condiciones generales de trabajo señaladas en el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo deberán estar establecidas, así como la figura de teletrabajo, lo que permitirá garantizar que no se establezcan diferencias en los derechos laborales regulados en el marco jurídico”.
CON INFORMACIÓN: EL UNIVERSAL