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Emite Cuautlancingo Segundo Bando Gubernativo ¨Medidas para la Contención de la Propagación del COVID-19

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El Ayuntamiento de Cuautlancingo emitió el Segundo Bando Gubernativo, Medidas para la Contención de la Propagación del Virus SARS CoV2, así lo señaló la Presidenta Municipal, Lupita Daniel Hernández, quien mencionó que dicho bando regula la vigilancia y cumplimiento en lo que corresponde al decreto que establecen los principios del Pacto Comunitario, emitido por el Gobierno del estado de Puebla, publicado el pasado 4 de diciembre del 2020.

Por lo que el municipio de Cuautlancingo asume como propio el llamado a sumarse a toda la población a contribuir la disminución de riesgo de contagio, por ello se exhorta a los habitantes de la Cabecera Municipal, Juntas Auxiliares y Colonias a tomar con responsabilidad el cuidado de su salud y de los demás, que por voluntad propia no saturen espacios, si no es por urgencia o trabajo, deben permanecer en casa.

Las  empresas, negocios y servicios  deben respetar estrictamente las medidas sanitarias. Que es compromiso ineludible de cada uno de los ciudadanos utilizar cubrebocas en lugares cerrados y oficinas públicas y es responsabilidad del adulto proteger del contagio a los menores, cumpliendo con estos puntos se reducirá el peligro de contagio que incluso puede llevar a la muerte.

En cumplimiento al decreto emitido el pasado 4 de diciembre del 2020, este Ayuntamiento a través de las áreas de Giros Comerciales y Protección Civil han sido encomendadas para supervisar el cumplimiento  de los decretos y medidas sanitarias en mercados y tianguis y se mantenga el control del comercio informal.

Se suspenden todas las fiestas patronales, se exhorta al confinamiento voluntario a personas en condiciones de comorbilidad, menores, mujeres embarazadas y adultos mayores.

Los restaurantes suspenderán la venta de bebidas alcohólicas a las  19:00 horas y cerrarán todos los días a las 21:00 horas con un aforo de 33%.

Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas para consumo en los establecimientos, tiendas de conveniencia o minisuper.

El comercio informal, la venta en puestos ambulantes de comida será únicamente para llevar.

El incumplimiento a los horarios y aforos permitidos por los decretos serán sancionados en términos 136, 137 y 140 de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil del Estado y Soberano de Puebla, que van de 500 a 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, incluso con la clausura definitiva del inmueble y cancelación de la licencia de funcionamiento.

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